CONTRATACIÓN ELECTRONICA
  6. IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO
 
En estas exigencias compartimos la división que hace el maestro Miguel Ángel Quintanilla García a saber: Las sanciones e ineficacias producen efectos diferentes en materia familiar  siendo estas de dos clases que se denominan impedimentos para celebrar el matrimonio y que si se celebran lo hacen nulo e ilícito siendo estos los impedimentos dirimentes e impedimentos impedientes siendo los primeros aquellas circunstancias que no solo impiden que se celebré el matrimonio sino que si se llega a celebrarse lo anulan y los segundos, o sea los impedimentos impedientes son aquellas circunstancias que impiden la celebración del matrimonio pero que si este llegare a efectuarse no lo anulan[1]


[1] û Vd Quintanilla García Miguel Ángel,  “Lecciones de Derecho Familiar”, Cárdenas Editor Distribuidor Pág., 21 y 22

 
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